JurídicoESEN
Order (Auto)February 28, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant German Cordoba Ordoñez Y Otros·Respondent Camara De Representantes

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 topic · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y el Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Segunda-Subsección A.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021 para abstenerse de asumir el conocimiento del asunto y emitir un pronunciamiento de fondo.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se hace una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el pronunciamiento emitido el 27 de diciembre de 2023 por el Juzgado
  2. Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4591 al Juzgado
  4. Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  7. CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes la decisión adoptada en esta providencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela
Cites0
It cites no recorded decisions.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.